El Seguro de Transporte de Mercancías, consiste en un contrato a través del cual la figura del asegurador tiene la responsabilidad de asumir tanto los daños como las pérdidas de material de transporte o de las mercancías durante el transcurso del mismo por cualquier vía (aérea, terrestre, marítima o fluvial).
A petición del cliente, podremos realizar diversos tipos de seguros de mercancías según su necesidad: Por Valor Añadido, cubriendo parte del coste del material a transportar o A Todo Riesgo, cubriendo el 100% del coste del material a transportar.
La gestión y tramitación de estos tipos de seguros, estarán supeditadas a la contratación previa al transporte a realizar y sobre las mercancías a transportar, facilitando el cliente la factura de compra de dichas mercancías.
Mercancías NO Asegurables a Todo Riesgo
- Documentos Originales o Fotocopias de cualquier tipo
- Mercancías con Insuficiencia de Envase o Embalaje
- Mercancías o Artículos Peligrosos sujetos a ADR (Excepto los que se tramiten en este tipo de servicio, y sujetos a normativa vigente)
- Muestrarios Comerciales
- Animales Vivos
- Productos Perecederos (Excepto los que se tramiten en este tipo de servicio, y sujetos a normativa vigente)
- Prensa en cualquiera de sus variedades
- Mercancías Averiadas o Devueltas a Origen
- Metálico, Efectos Comerciales o Bancarios, Títulos y Cupones de Valores Mobiliarios, Billetes de Banco
- Loterías, Quinielas, Billetes de Avión o Tren, etc.
- Tarjetas Bancarias, Tarjetas Prepago de Telefonía y aquellos Documentos que tengan un Valor Nominal o Convenido
- Artículos de Joyería, Metales Finos, Piedras Preciosas, Perlas Verdaderas
- Descabalamiento. Cuando se produzca un siniestro en algún objeto que forme parte de un Conjunto, Juego o Colección, el importe a satisfacer en caso de siniestro quedará limitado exclusivamente, al valor de la pieza de que se trate, sin que pueda reclamarse cantidad alguna por demérito o descabalamiento
Reclamaciones Sobre Mercancías Aseguradas
Será imprescindible para efectuar la tramitación de cualquier reclamación por averías o faltas, la indicación de dicha circunstancia en el Albarán de Entrega de la Mercancía, y la aportación de la Factura de Compra Original de dicha mercancía
En caso de reclamación por daños que para su evaluación, no se puedan apreciar en el momento de la entrega, será imprescindible para la aceptación de dicha reclamación, el examen por parte de Tozink Logística, quién podrá solicitar informe de comprobación tanto del embalaje como de la mercancía dañada, conforme a lo establecido en la Ley 15/2009 CTTM.
En todos los casos, el Plazo Máximo para la tramitación de dichas reclamaciones será de 48 horas desde la entrega del material en destino. Una vez superado este plazo, la reclamación quedará desestimada, y Tozink Logística quedará exonerada de cualquier responsabilidad.
